Real Provisión Ejecutoria de hidalguía a favor de Luis Pérez vecino de Fuente de Cantos (Badajoz).
Los únicos procedimientos reglamentados para conseguir la hidalguía tanto de forma posesoria como en propiedad eran a través de un pleito, por expediente provisional, con presentación de probanzas ad perpetuam rei, y por provisiones auxiliatorias. Los pleitos de hidalguía podían verse en tres instancias en cuanto al grado de las apelaciones: la primera, ante la Sala de los Hijosdalgos; la siguiente, ante los Oidores, y la tercera y definitiva ante los mismos Oidores en revista, y en todos los casos el proceso se iniciaba y se terminaba en la Chancillería. El pleito que se seguía ante la sala de los hijosdalgo concluía con la real provisión ejecutoria de hidalguía que incluía la sentencia definitiva. Real Audiencia y Chancillería de Ciudad Real.
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