Privilegio de hidalguía concedido por Felipe III a Juan Sayago de Bolaños, vecino de Fuente del Maestre (Badajoz).
Los privilegios de hidalguía otorgados por el rey como un acto gracioso reconocían el estado privilegiado de la persona a la que se concedía y de sus descendientes. Como tal privilegio debía ser registrado y validado con sello de plomo en la Chancillería. En los privilegios de hidalguía, a diferencia de las ejecutorias de hidalguía firmadas por los jueces de la Real Audiencia y Chancillería, suscribe el rey.
Abolidos los privilegios y exenciones de la nobleza por la Constitución de 1812, con los consabidos avatares impuestos por los periodos de reacción absolutista, la Constitución de 1836 consagra el principio de igualdad de los españoles ante la ley. La nueva situación, unida a la desaparición de las chancillerías, circunscribió la obtención de la nobleza a la concesión de una merced mediante título otorgado por el rey. Cancillería Real de Castilla.